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La Federación Española de Yoga Profesional cuenta con un Consejo Pedagógico que se encarga, según los estatutos de:
1.- La evaluación de solicitudes y de titulación y formación de los miembros federados y afiliados .
2.- Velar por la seriedad y rigor de la enseñanza y la formación.
3.- Elaborar y establecer los requisitos mínimos de los programas de estudios para la obtención de los títulos reconocidos y/o homologados por la Federación.
4.- Promoción de los valores éticos implícitos en la disciplina del yoga.
5.- Relación con las distintas líneas de enseñanza de formación de profesores de yoga, para su adecuación a los programas de estudios establecidos por la federación en base a lo señalado por las organizaciones europeas e internacionales de referencia y prestigio.
6.- Elaboración de un control de calidad sobre los programas de las escuelas que aspiren a ser reconocidos y/o homologados por la Federación.
7.- Elaboración de los requisitos mínimos que debe cumplir un formador de profesores de yoga.
8.- Elaboración de los requisitos mínimos que debe cumplir un monitor, instructor o profesor de yoga así como otros grados que se decidan para el ejercicio de la docencia.
9.- Recibir opiniones y quejas de los alumnos insatisfechos respecto a la enseñanza y formación que están cursando. En su caso, el Consejo evaluará el alcance de dichas quejas y tomará las medidas oportunas, pudiendo eventualmente retirar el reconocimiento del monitor, instructor, profesor o formador, previo acuerdo del Consejo Directivo.
10.- Cuantas acciones miren al cumplimiento de los fines de la Federación.
Los Miembros del Consejo Pedagógico son representantes de varias Escuelas de Formación de Profesores de Yoga de prestigio y líneas diferentes.
Programa Mínimo de Formación
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Miembros del Consejo Pedagógico
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